Código de régimen interno

      Comentarios desactivados en Código de régimen interno

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO GENERAL GOTLAND FORN SED

Preámbulo

De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de GOTLAND FORN SED así como en cumplimiento de los acuerdos adoptados tanto en la Junta Directiva de la Organización como en la propia Asamblea General de la entidad procedemos a la creación del presente Reglamento de Régimen Interno que vendrá a regular los siguientes puntos:

1. Régimen de las Reuniones de la Junta Directiva de la entidad
2. Régimen de trabajo y turnos de intervención de la Asamblea General
3. Régimen de altas y bajas en la entidad.
4. Régimen de funcionamiento de las Comisiones y Grupos de Trabajo
5. Régimen Disciplinario y sancionador de Gotland Forn Sed – Ásatru.

El presente Reglamento será de aplicación inmediata a su aprobación en Asamblea General.

Capítulo I: De las Reuniones de la Junta Directiva

Art.1º.- Periodicidad

La Junta Directiva procederá a reunirse como mínimo cada 4 meses de manera presencial o telemática salvo disposición en contra por parte del Presidente.

Art.2º.- Orden del día

El orden del día de las reuniones de la Junta Directiva quedará organizado por el Secretario con el visto bueno del Presidente, comunicándose al resto de miembros con un plazo mínimo de 15 días naturales. No obstante a lo anterior podrá procederse al cambio y/o inclusión de nuevos puntos en el orden del día bajo acuerdo unánime de los miembros de la Junta Directiva o mediante la petición de inclusión bajo procedimiento de urgencia.

¹ En adelante Gotland Forn Sed se sustituirá por las siglas GFS

Art.3º.- Procedimiento de urgencia

Por medio del denominado procedimiento de urgencia se habilita a la Presidencia, o en su defecto a la Secretaría de Organización bajo consentimiento de la Presidencia, para la toma de cuantas decisiones sean requeridas para la correcta marcha de la entidad. Dichas decisiones no podrán tomarse en contra de los Estatutos de la entidad ni incumplir o promover el incumplimiento de los fines fundacionales. Una vez tomada dicha decisión será requisito indispensable el proceder a la comunicación de la misma al resto de miembros de la Junta Directiva así como exponerla en la siguiente reunión ordinaria de la Asamblea General de miembros.

Art.4º.-De los acuerdos

Serán válidos todos los acuerdos adoptados en la Junta Directiva cuando concurran en estos los siguientes requisitos: -Mayoría simple, entendiéndose por esta un número mayor de votos a favor que en contra, para decisiones relativas a gastos menores de 500 euros, expedición de certificados y debate acerca de proyectos e iniciativas sociales relativas a la entidad así como nombramiento de sustitutos de vacantes en la Junta Directiva.

– Mayoría cualificada, entendiéndose por esta el voto a favor de 2/3 de los miembros que componen la Junta Directiva de la entidad, siendo preceptiva para los siguientes acuerdos:

1. Enajenación de bienes muebles o inmuebles
2. Acuerdos de compra y/o pagos superiores a 500 euros
3. Aceptación de informe positivo alta nuevos socios – Nombramiento de coordinadores de Grupo de Trabajo
4. Nombramiento de coordinadores de Comisión
5. Decisión de incremento y/o supresión de cuotas de socio
6. Decisión de promover derrama y/o cuota extraordinaria por motivos de urgencia.

Capítulo II: De las reuniones de Trabajo y turnos de intervención en la Asamblea de Socios

Art.5º.- De las reuniones de Trabajo

Serán consideradas reuniones de trabajo aquellas que, bajo petición de la Secretaría de Organización realicen los coordinadores de Grupo/Blótlaug/Kindred con los coordinadores de Comunidad autónoma junto con el/la Secretaría de Organización y/o el Presidente de la entidad para promover la mejor intercomunicación de las áreas de la entidad. Dichas sesiones podrán adoptar acuerdos que elevar a la Junta Directiva, los Grupos de Trabajo y/o la Asamblea General para todo lo cual será necesario únicamente mayoría simple.

Tendrán derecho a voto en las reuniones de Trabajo todos los coordinadores de área, distrito y/o territorio debidamente acordados por la Secretaría de Organización y/o la Presidencia de la entidad conservando el Presidente de la entidad voto de calidad así como la capacidad de Presidir las reuniones, conceder el uso de la palabra o retirarlo así como dirigir los debates de la misma.

Art.6º.- Del orden del día de las reuniones de Trabajo de Blótlaug

Para la confección del orden del día de las reuniones de Trabajo se procederá a abrir un plazo de 15 días naturales bajo el cual todos los coordinadores podrán efectuar propuestas de inclusión. Tras dicho proceso el Secretario seleccionará aquellos puntos que revistan especial importancia bajo consulta con el Presidente.

Tendrán el carácter de “puntos de especial importancia” todos aquellos que hagan referencia a la aprobación de nuevas partidas presupuestarias así como al conjunto de la normativa de la entidad, así mismo, se procederá a incluir como de “especial importancia” aquellos que vengan avalados bajo propuesta del 30% de los coordinadores con derecho a voto en dichas reuniones.

La Presidencia y/o la Secretaría de organización podrán, por motivos de urgencia, incluir nuevos puntos en el orden del día utilizando en cumplimiento del artículo 3 del presente Reglamento de Régimen Interno

Art.7º.- De los turnos de palabra en la Asamblea General de Socios

Tanto en la Asamblea en convocatoria General como extraordinaria se designará un moderador de turnos cuya función sea anotar a aquellos miembros que deseen intervenir durante el transcurso del debate y regular el tiempo de sus intervenciones para que todos puedan participar y el debate sea fluido.

Art.8º.- Duración de las intervenciones

Ninguna intervención podrá superar los 3 minutos de duración incluyendo aquellas realizadas por los diferentes cargos de la entidad.

Art.9º.- Comunicación por medios telemáticos

Serán consideradas válidas cuantas comunicaciones se realicen por medios telemáticos siempre que estos ofrezcan garantía suficiente acerca del conocimiento del receptor de la misma.

Capítulo III: De las altas y bajas en la entidad

Art.10º.- Del informe de inscripción

El Secretario procederá a la elaboración de borrador de informe positivo y/o negativo con base a la solicitud presentada ante dicho organismo más referencias de 2 miembros si la situación lo requiriese con el fin de avalar la inscripción al nuevo miembro. Una vez elaborado el informe se procederá a su debate en la Junta Directiva de la entidad que aprobará su contenido o lo enmendará. Art.11º.- De las bajas Para el procedimiento de baja se estará a lo dispuesto en los Estatutos de la entidad así como en lo dispuesto en el presente reglamento en el Capítulo relativo al régimen disciplinario para aquellas bajas no voluntarias.

Capítulo IV: De los Grupos de Trabajo y Comisiones

Art.13º.- De los coordinadores

Serán coordinadores aquellos socios que así sean nombrados por la Presidencia de la entidad bajo propuesta de la Secretaría de Organización de la misma, su duración será la del Grupo de Trabajo y/o comisión a la cual queden adscritos en el momento de su nombramiento.

Art.14º.- De la tipología y funciones de los coordinadores/responsables

Dentro de la entidad existirán las siguientes clases de Coordinadores/responsables en función de su ámbito de trabajo:

1. Coordinador de área: aquel que quede adscrito a un blótlaug, ejerciendo de contacto del blótlaug con personas interesadas en GFS a nivel local.

2. Coordinador de Comunidad Autónoma: aquel que ha sido adscrito a la representación de la entidad para una Comunidad Autónoma.

3. Responsable de Relaciones Internacionales: aquel que se ocupa recibir y emitir comunicados de la entidad a nivel internacional así como mantener una buena relación con entidades afines a GFS en otros países.

4. Responsable de página web: aquel que se ocupa de mantener, actualizar y publicar los contenidos y comunicados de GFS de su página web así como cualquier actividad que de la misma se desprendiese incluyendo informes de coste de mantenimiento.

5. Coordinador de eventos: Aquel que, con el visto bueno del presidente, organiza un evento a nombre de la entidad, a efectos prácticos, a nivel nacional y busca colaboradores voluntarios para llevar a cabo dicho evento. Si fuese a nivel de Comunidad Autónoma, éste solo tendría que contar con el visto bueno del Coordinador de Comunidad autónoma.

Así mismo, se entenderán como funciones de los coordinadores de área, de Comunidad Autónoma y Responsable de Relaciones Internacionales el correcto funcionamiento de la organización a nivel local así como la intercomunicación entre los miembros locales independientes y blótlaugs, y la Junta Directiva y/o el resto de coordinadores de Área. De la misma manera, serán funciones de los Coordinadores de Área las de levantar acta de las reuniones en las que participen y elaborar un archivo histórico si así lo decidiese el blótlaug por mayoría simple.

En lo relativo a los coordinadores y colaboradores de evento se estará a lo siguiente: sus miembros quedan obligados a mantener en secreto cuantos datos se proceda a tramitar en su seno así como a, sus coordinadores, no poder desempeñar ningún cargo aparte del citado de coordinador si fuese incompatible con cualquier otro por la naturaleza de sus reuniones.

Capítulo V: Régimen disciplinario y sancionador

Art.15º.- Del expediente sancionador

Será competencia de la elaboración de dicho expediente a la Junta Directiva así como la capacidad de instruir dicho proceso. Art.18º.- De los plazos La junta directiva procederá a resolver en un plazo no mayor a los 30 días naturales a contar a partir de la recepción por parte de su coordinador del expediente sancionador.

Capítulo VI:Limitaciones en el acceso y permanencia en los cargos.

Art.19º.- Cualquier cargo que, de forma abusiva e indiscriminada, use el ejercicio del mismo para recalcar su importancia y/o autoridad en contextos ajenos a la propia asociación, podrá enfrentarse a un Expediente Sancionador. En el caso de que este abuso se realice en el contexto de la publicidad de actividades remuneradas en las que el mismo (o alguien cercano) sea beneficiario directo o indirecto, será considerado como un grave agravante.

Art.20º.- Cualquier cargo que publicite actividades remuneradas en las que el mismo (o alguien cercano) sea beneficiario directo o indirecto, en el contexto de las actividades y/o responsabilidades propias del ejercicio de sus funciones, podrá enfrentarse a un Expediente Sancionador.

Art.21º.– Serán invalidados para ejercer cargos en la junta directiva o cesado de los mismos cargos toda persona que, tras un expediente sancionador, se demuestre que ejerce cualquier tipo de actividad que sea negativa para los principios, imagen y objetivos de la asociación.

ANEXO Propuesta de Código de Régimen Interno Gotland Forn Sed

Artículo XIV: Metodología a seguir para la expulsión.

Esta será: La reunión de la directiva (pudiendo ser en forma telemática así como en forma física) escogiendo por mayoría simple si se expulsa o no. Consideramos conducta no adecuada el no respetar la Declaración Universal de Derechos Humanos. Artículo XV: 1. Dentro de los aspirantes distinguiremos entre:

a. La persona que siendo ajena se interese por el aprendizaje y conocimiento de nuestras prácticas, el cual deberá pasar un tiempo de aprendizaje de 1 año para el reconocimiento de los derechos y privilegios de la membresía plena y oficial.
b. La persona avalada por un miembro de la comunidad cuyo tiempo de aprendizaje previo a su entrada será de 6 meses. Si la persona resulta avalada por dos o más miembros puede formar parte directamente.
c. Cualquier persona que quiera o sea simpatizante asistiendo a los Blóts y actividades de algún Blótlaug se considerará aspirante en caso de solicitar la inscripción y, si llevase más del tiempo requerido para la membresía plena sería considerado miembro de pleno derecho.

Artículo XX: Metodología a seguir para la expulsión.

El Consejo: La Junta de GFS y los miembros fundadores:

El consejo está formado por el Presidente, Secretario, Tesorero y los 3 miembros fundadores, púdiendo ser estos tres miembros de la junta.

El consejo gestionará todas los incidentes que se puedan desprender de los términos definidos en el código de conducta.

El consejo gestionará todas los incidentes que surjan entre miembros prevaleciendo el miembro con más antigüedad en última instacia en caso de desacuerdo entre los miembros del consejo. En todo caso se evaluará el caso si este puediese afectar el buen funcionamiento de la confesión. En caso de disputa, el consejo se reunirá con los miembros fundadores de inmediato, sea de manera presencial, telefónica o telemática.

Los asuntos, disputas o incidentes serán llevados ante el el consejo y los miembros fundadores, los cuales seguirán el siguiente procedimiento:

1.La/s persona/s implicadas en el asunto tienen derecho a explicar su versidón al consejo. directamente o mediante un representante elegido por el mismo

2.La persona no podrá ser interrumpida

3.Los miembros del consejo formularán preguntas, si hiciesen falta.

4.El consejo se retirará para encontrar una solución y veredicto respecto al asunto.

5.La solución y/o veredicto del consejo será transmitida mediante un portavoz elegido por el mismo.

La decisión final del consejo es permanente e irrevocable. El no respetar las decisiones del consejo conllevará la expulsión inmediata de GFS.

ANEXO Código de Conducta de Gotland Forn Sed

Gotland Forn Sed (GFS) tiene el objetivo de funcionar como punto de encuentro de ásatrúar para potenciar el entendimiento entre los mismos, el conocimiento de los diferentes aspectos y prácticas , y de esta manera expandir nuestro horizonte acerca de Asatru hoy en día. Cada miembro de Gotland Forn Sed se compromete cumplir con el Código de conducta de Gotland Forn Sed:

1.Se espera que cada miembro de GFS trate a los otros miembros con respeto y se comporte honorablemente.

2.Conductas racistas o discriminatorias, y generalmente el incomodar a otros miembros conllevará a la expulsión de GFS de/l causante/s de los mismos.

3.La junta directiva se reserva el derecho a excluir de membresía a individuos o grupos de los cuales haya razón o sospecha de que no cumplan con el código de conducta o amenacen el Frith de Gotland Forn Sed.

4.GFS no es responsable de los actos y/o acciones llevados a cabo por los miembros a nivel individual. Gotland Forn Sed no tiene responsabilidad a nivel colectivo. De la misma manera , GFS no es responsable de los daños que puedan originarse en el transcurso de un evento o ceremonia a personas o objetos personales.

5.Cualquier intento de proselitismo será causa de expulsión. La base de GFS es crear un espacio cómodo para los miembros y no el alardear de confesión y/o grupo.

6. Está prohibido actuar, mostrar opiniones en cualquier medio y/o hablar en nombre de GFS sin haber consultado con la junta antes en relación a relaciones con otras instituciones y/o grupos.

7. GFS mantiene una política neutral ante conflictos entre otros grupos. Las acciones de un individuo serdán a tdítulo individual y pueden constituir causa de expulsión.

6.Cualquier acción que persiga el beneficio personal en detrimento del bien común de la confesión.

8. Actitudes mesiánicas o de revelación en base a percepciones subjetivas de un individuo o varios serdán causa de expulsión.

7. Todos los problemas y violaciones del código de conducta serán gestionados por la junta directiva más los miembros fundadores.

Artículo XXVI:

a. Althing. Funcionamiento

1. Blót de apertura
2. Los aspirantes tienen derecho a voz pero no a voto, la representación es directa.
3. Previa la celebración serán avisados todos los miembros a través de los medios de comunicación facilitados.
4. Cada Blótlaug discutirá propuestas y puntos del día del Althing.
5. Las decisiones y propuestas de cada Blótlaug serán transmitidas a su Godord territorial.
6. El Godord escogerá un representante que las expondrá y propondrá durante el Althing.
7. El miembro que hace una exposición sobre una propuesta no está limitado en la lectura de su propuesta o en respuesta a las cuestiones que se hagan. Los tiempos de palabra para las dudas y cuestiones acerca del mismo, estarán limitados a 3 minutos como máximo por turno. Los turnos los gestionará un moderador, el cual irá anotando los turnos de palabra y comprobará que no excedan el tiempo. El moderador podrá decidir cuando se entra en un bucle, el poder continuar con otra propuesta. La elección del moderador corresponderá al Godi local, pudiendo ser él mismo.
8. El Althing tomará las decisiones básicas por mayoría simple.
9. Cualquier decisión controvertida será tomada por más de 2/3 de la asamblea.
10. La política fuera del templo.
11. Las normas y decisiones aprobadas o canceladas tendrán validez 7 días después de la clausura del Althing y del comunicado oficial.
12. El Althing deberá crear un documento con las decisiones tomadas con las siguientes características: datación crónica y tópica, preámbulo, narración y la firma de todos los asistentes al Althing. El original se guardará en ARCHIVO CENTRAL.
13. La votación será a mano alzada.
14. Blót de clausura.

b. Godord – Funcionamiento

1. Elección de sus miembros de forma directa por los Blótlaugs del territorio.
2. La elección será por mayoría simple.
3. No podrán participar en su elección los aspirantes.
4. Sus obligaciones serán la coordinación de los Blótlaugs y de los Things de su territorio (teniendo como esquema de funcionamiento el reglamento del Althing, más cualquier norma o particularismo que deseen incorporar y no vaya en contra de los estatutos).
5. Cada decisión deberá alzar acta con la creación de un documento con las decisiones tomadas con las siguientes características: datación crónica y tópica, preámbulo, narración y la firma de todos los asistentes al Godord. El original se guardará en ARCHIVO CENTRAL. El primer documento que deberá transmitir será el de su propia constitución.
6. Votación a mano alzada.

c. Blótlaug – Funcionamiento

1. Funcionamiento autónomo
2. Elección tanto de su representante como de su Godi o Gydia, pudiendo ser la misma persona por mayoría simpleo por el sistema que consideren pertinente.
3. Cada Blótlaug en sus decisiones deberá crear un documento con las decisiones tomadas con las siguientes características: datación crónica y tópica, preámbulo, narración y la firma de todos los asistentes al Blótlaug. La original se guardará en ARCHIVO CENTRAL. El primer documento que deberá remitir será su propia constitución.

d. Coordinador territorial

1. Elegido por mayoría simple por la directiva.
2. Funciones: garantizar y facilitar la comunicación constante entre la directiva y cualquier miembro (o grupo de miembros) que lo requieran, así como facilitar cualquier organización, agrupaciones y comunicaciones entre los miembros de la comunidad de su territorio adscrito.

e. Asambleas de godords, asambleas territoriales y comisiones

1. Los diferentes niveles de decisión de la confesión están obligados a respetar los acuerdos tomados por el Althing. Estos deben gestionar su aplicación.
2. Toda asamblea debe constar con una orden del día enviada a todos los participantes una semana antes. Tiene que estar desglosado punto por punto a tratar.
3. En toda asamblea debe haber:
a. Una persona que tome acta.
b. Una persona que dé la palabra como moderador.

4. La persona que toma acta debe leer el acta anterior si es requerido por la asamblea y leer el orden del día. Los participantes en este momento pueden proponer un reordenamiento de los puntos, enmiendas y puntos nuevos. A su vez, decidir qué sistema de decisión van a tomar sea por cada punto o uno general para todos los puntos. Se recomienda limitar el tiempo de los puntos para cumplir con el tiempo acordado de la asamblea.

5. Los tipos de puntos en la orden del día pueden ser:

a. Actos y decisiones con fecha fija. La asamblea deberá resolverlos lo antes posible. Se recomienda limitar el tiempo del punto y de las intervenciones de los participantes. Se recomienda el uso del voto por mayoría simple a mano alzada si hay personas que muestran objeción.
b. Actos y decisiones en proceso. No hay obligación de tomar decisiones hasta la fecha que sea requerida para el acto. Se recomienda el sistema de consenso.
c. Preparación del Althing. Se sugiere que el Althing o los cargos seleccionen una comisión formada por socios y expertos exteriores si fuese necesario. Se debe gestionar todas las propuestas de los socios, enmiendas, modificaciones de reglamentos y estatutos, etc. para llevarla al Althing.
d. Debate. Solo está reservado a puntos en el que se tenga que tomar decisiones que afecte a los valores e integridad de la confesión. Los debates se trasladarán a los blótlaugs y a los miembros. Deberán elaborar un documento para ser discutido en los godords, luego trasladarlos a los Blótlaugs. Del resultado se deberá elaborar un documento para ser discutido en el Althing para tomar una decisión final. Todos los documentos deberán enviarse al ARCHIVO CENTRAL.
e. Creación de comisiones. Aquellos puntos que requieren un trabajo más a fondo, la asamblea podrá designar varias personas que organicen una actividad, un documento o resolver una falta de acuerdo.
f. Información. Los participantes de comisiones, de otros colectivos (diálogo interreligioso, ONG, actividades con otras organizaciones, etc.) o el simple hecho de aportar información de actividades de interés.

6. Los tipos de acuerdo son:

a. Funcionales. Son aquellos que operan para organizar actividades y decisiones de la confesión.
b. Generales. Solo reservado a temas que afecten a toda la organización o documentos que deben representar a toda la asamblea. Pueden usarse en cualquier situación en el que el asunto a tratar sea conflictivo o pueda crear fractura.

7. Sistema para tomar acuerdos. Se deberá ir punto por punto. Los acuerdos pueden tomarse de la siguiente manera:

ACUERDOS FUNCIONALES

a. Mayoría absoluta. Se votará a mano alzada. El acuerdo se tomará si es superior al 50% de los asistentes.
b. Mayoría simple. Se votará a mano alzada. El acuerdo se tomará si el recuento de votos a favor es superior a los en contra. No se contarán las abstenciones.
c. Consenso simple. Cuando nadie de la asamblea esté en contra se aprobará el acuerdo sin necesidad de votación. El que toma acta consultará primero si no hay nadie en contra. Si hay alguien en contra, el moderador puede decidir continuar el debate o solicitar el voto por mayoría absoluta o simple.

ACUERDOS GENERALES

d. Unanimidad. El acuerdo se tomará si todos los asistentes votan a favor o se abstienen. Este tipo de acuerdo solo se recomienda para los debates sobre un documento o una decisión que afecte a toda la organización.
e. Consenso absoluto. Todos los participantes deberán llegar a un acuerdo de mínimos donde todos estén a favor. Este tipo de acuerdo solo se recomienda para los debates sobre un documento o una decisión que afecte a toda la organización.
f. Mayoría de 2/3 partes. Hay acuerdos que se pueden plantear en relación de votos favorables de 2/3 de los asistentes. Este tipo de acuerdo se recomienda en casos que implique un gasto económico importante por parte de la confesión.

8. Tiempo de intervenciones.

Se debe acordar un tiempo de inicio y de finalización. No se recomienda exceder el tiempo acordado a no ser que las cuestiones a tratar sean esenciales. En caso contrario se recomienda pasar los puntos no tratados a una siguiente asamblea.

a. Tiempo limitado. Cada intervención tendrá un tiempo limitado acordado previamente. Se recomienda 3 minutos por intervención. En caso de necesitar más, se recomienda volver a pedir la palabra o solicitarlo a la asamblea.
b. Tiempo restringido. Cada intervención podrá disponer del tiempo que se requiera, pero la asamblea puede exigir su finalización si se repite sobre el mismo punto.
c. Tiempo ilimitado. Se recomienda solo en caso de hacer una propuesta, exposición de un documento o un acuerdo extenso. Se recomienda sintetizar la información.

9. Derechos y obligaciones del participante.

a. Todos los participantes tienen derecho a ser escuchados y a poder expresar sus ideas. El límite y el orden tiene que ser una cuestión funcional, y no de limitación de libertad de expresión. Se deberá buscar la fórmula más funcional donde sea posible compaginar la libertad de expresión con la necesidad de llegar a acuerdos. El fin de la asamblea es llegar a acuerdos generales que todos compartan o acepten aunque no se esté de acuerdo.
b. Todos los participantes tiene derecho a ser respetado su honor y ser tratado con respeto. No sufrir ningún trato vejatorio o discriminación por razones de género, orientación sexual, raza, nación, ideología, interpretación de nuestra tradición, etc.
c. Todo participante tiene la obligación de intentar sintetizar sus intervenciones, de ser dialogante, de respetar la opinión de los demás, no faltar el respeto, no insultar o provocar ofensas, no subir la voz en exceso, no intentar imponer, ni hacer chantaje o manipular la opinión de los demás.

10. Obligaciones del moderador.

a. El moderador debe controlar y otorgar los turnos de palabra.
b. Puede quitar la palabra a un miembro siempre que:
c. Exceda el tiempo de la intervención.
d. Que se repita en exceso sobre una idea.
e. Que utilice su intervención para insultar, descalificar, provocar, etc.
f. Que trate sobre un tema diferente al punto que se está tratando.
g. Ser moderador es una gran responsabilidad y deberá justificar si es necesario sus decisiones o si lo solicita los participantes de la asamblea. Ninguna decisión debe ser arbitraria o personal.
h. Debe facilitar si es posible el entendimiento entre las partes buscando puntos de consenso y acuerdo.
i. Debe potenciar el dinamismo y que la gente se ajuste a los tiempos de la asamblea.
j. Debe procurar que todas las personas puedan expresar sus opiniones sin ser interrumpidas y descalificadas.
k. Debe procurar que los participantes no usen lenguaje sexista, racista, homófobo, insultante, etc. con el fin de atacar a otra postura o participante.
l. Debe mantener la postura dialogante y razonada. Si se diese el caso que, tiene la potestad de interrumpir las intervenciones cuando no se ajusta a los turnos de palabra, si hay gente distrayendo a los presentes o se rompe la capacidad de diálogo. El fin será reconducir la asamblea.
m. Tiene la obligación de que nadie se quede sin expresar su opinión. Si detectara que alguna persona por cuestión de timidez o por presión social no opinara, tiene la potestad de preguntar a dicha persona.
n. Deberá facilitar que ninguna opinión quede descalificada por cuestión de género, raza, orientación sexual, edad, etc.
o. El moderador debe gestionar un acuerdo por cada punto. Una vez concluido éste, si es necesario debe moderar la toma decisiones mediante el voto, consulta o consenso. El método del acuerdo debe estar claro antes de tomar la decisión.
p. Es obligación del moderador de ayudar a los asistentes a que se llegue a un acuerdo.
q. Si hubiese imposibilidad de llegar a acuerdo, el moderador puede pasar el punto a una asamblea posterior y/o proponer la constitución de una comisión entre las posturas enfrentadas, para que cuando se vuelva a trabajar este punto en otra asamblea, se llegue a un acuerdo.

11. Obligaciones del tomador de acta.

a. La responsabilidad del tomador de acta es de recoger todas las intervenciones de la asamblea, dentro de la medida de lo posible, anotarlo en acta y que no se pierda archivándolo y enviando el original al ARCHIVO CENTRAL. Los documentos elaborados deben seguir las instrucciones anteriores.
b. Deberá explicar el orden del día y leer el acta anterior si lo requiere la asamblea.
c. Deberá modificar el orden del día con las enmiendas consensuadas antes o durante la asamblea.
d. Deberá explicar cada punto a tratar antes de iniciar la discusión.
e. Deberá recoger lo mejor posible lo expuesto de forma sintética y sin dejarse ninguna idea anotando el nombre de la persona que ha intervenido.
f. Deberá recoger el acuerdo tomado.
g. Una vez acabada la asamblea, deberá pasar el acta en limpio y enviarla a los participantes. Debe entregar el original al ARCHIVO CENTRAL anotando de forma clara datación crónica y tópica, preámbulo, narración y la firma de todos los asistentes. Si es pertinente, se puede enviar una copia a los socios de la confesión.

Artículo XXXVIII. (L)

Designación de su sucesor que debe ser miembro de pleno derecho de la organización, siendo aprobado por 2/3 partes de la directiva y, por mayoría simple en el Althing extraordinario si esto sucede antes o después del Althing ordinario anual. En caso de no ser aprobado por la directiva, ésta propondrá a otros candidatos decididos con el presidente y votará la elección. En caso de que el Althing niegue la elección, éste escogerá nuevos candidatos junto con la directiva y el presidente. La votación será justificada en la directiva; tanto en la directiva como en el Althing será a mano alzada. En caso de no llegar a ningún acuerdo se repetirá el proceso hasta ser electo, reservándose la elección la directiva y el presidente. Si las negociaciones no llegan a buen término será elegido un presidente en funciones cuyas funciones serán meramente organizativas, tendrá un plazo máximo de 3 meses hasta el próximo Althing extraordinario convocado con el propósito de elección del presidente. En caso de no haber elección en el siguiente Althing, será electo otro presidente en funciones y se repetirá el proceso hasta la elección. Durante una presidencia en funciones, no se podrá hacer ningún cambio en el código de régimen interno ni en los estatutos.

Artículo XXXXIII.

Asesores Expertos necesarios en el tema en cuestión con carácter temporal, y elegidos por el presidente o cualquier miembro de la directiva.

Artículo XXXXV.

1. Cada Blótlaug elegirá a su Godi o Gydia para el periodo temporal que ellos deseen. La elección deberá estar constatada por un documento firmado por todos los miembros del Blótlaug que se especifica en el artículo XXVI (Blótlaug – 3).El documento será transmitido a la directiva y archivado por el secretario.
2. Plena autonomía de elección y funcionamiento interno del Blótlaug, pero será asesorado por Godis y miembros de mayor experiencia si éste lo requiriese.

Los archivos Encontramos 3 niveles organizativos:

1. El libro registro que debe llevar cada Blótlaug tomando nota y alzando acta de cualquier acuerdo, pragmática o elección de Godi. Será transmitido un documento en forma de folio al Godord. En caso de requerimiento se expedirá una copia en castellano.
2. El archivo del Godord, el cual llevará un registro de toda la documentación que genere tanto el Godord como los Blótlaugs en él representados, en forma de libro registro. Los documentos que le transmitan los Blótlaugs serán copiados y validados mediante firmas de los miembros del Godord, transmitiendo el documento original de los Blótlaugs al archivo central.
3. El archivo central que será guardado y gestionado por el secretario y que recibirá toda la documentación original o copias originales, es decir, validadas, tanto de los Blótlaugs como de los Godords. Los Godords habrán de transmitir los documentos de los Blótlaugs. La forma de gestión del archivo será clara y eficiente haciendo una sistematización de los fondos por zonas geográficas y registros de los mismos. Todos los documentos, producidos por cualquier actividad de la organización, Althings-, Directiva, gestiones, contratos etc. Serán remitidos al archivo central.

En el momento de llegar serán selladas con el sello de Gotland Forn Sed o firmadas por el secretario archivadas en su correspondiente zona y registrándolas en el libro registro del archivo central. Si no existiese un Godord territorial o el Blótlaug estimase oportuno éste puede remitir directamente los documentos al archivo central de la organización. Todos los libros registro, en el momento de registrar un documento, se deberá hacer referencia a quien lo firma y una copia exacta del documento. Deberán firmarlo debajo de la copia los miembros del Godord o, si es el archivo central, el secretario acompañado del sello de Gotland Forn Sed. En el libro de registro central irán apuntadas las firmas de los participantes del Blótlaug y del Godord que transmiten el documento con la copia exacta del mismo.